Comunicado de la Comisión de Salud Laboral
- Última actualización el Viernes, 20 Febrero 2015 12:03
La Comisión Bipartita de Salud laboral, de acuerdo al Acta 109, Resolución N° 2 de Diciembre de 2014 de CODICEN y a lo resuelto conjuntamente con la Consejera Ema Zaffaroni y el Consejero Daniel Guasco, se acordó la elaboración de un instructivo, que oriente a los Centros Educativos en los pasos a seguir en el trámite de certificación médica en el interior del país, de acuerdo al mismo se elabora el siguiente instructivo
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El funcionario debe comunicar la inasistencia al Liceo desde el primer día de su licencia médica.
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El funcionario debe entregar o en su defecto hará llegar en sobre cerrado el certificado del médico tratante de FONASA, al Centro Educativo, en un plazo máximo de 48 horas del inicio de la licencia.
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Adjunto al mismo, se debe completar el formulario de certificaciones médicas de ANEP el cual se anexa. Este documento queda en el Liceo.
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El Centro Educativo deberá remitir el sobre cerrado, al certificador médico del Departamento -si lo hubiere en funciones- o a la Unidad de Certificaciones y Peritajes Médicos de CODICEN, en un plazo no mayor de 5 días hábiles.
Gloria Erosa
ATES
Rita Bruschi Viviana Rodriguez
FENAPES
Laura Franco Eduardo Fiore
Formulario de Certificaciones Médicas F.002/6.2010
Normativa
Esatuto del Estudiante:
Estatuto del Estudiante.pdf (267,1 kB)
Estatuto Docente: inasistencias:
estatutodocente.pdf (413,8 kB)
Reglamento de Evaluación y pasaje de grado Bachillerato:
ARTICULADO DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PASAJE DE GRADO.pdf (133,3 kB)
Reglamento de Evaluación y pasaje de grado Ciclo Básico:
Reglamentación CAP:
CONSEJO ASESOR PEDAGÓGICO.doc (40 kB)
Ley de Educación:
ECA
www-pce.ces.edu.uy/ces/index.php?option=com_content&view=article&id=2825&Itemid=78